sábado, 27 de octubre de 2018

LOS CUADERNOS DE ANSES - 10a. Parte

Marzo de 2017

El 22 de noviembre de 2016 en un artículo del blog “Habla la Experiencia" publicábamos bajo el título “Elisa Carrió y Anses” nuestra extrañeza de que a la diputada Elisa Carrió no se le conociera una formal denuncia o pedido de Auditoría para una investigación formal de la Administración Nacional de Seguridad Social, cuando dicho organismo de gigantescas proporciones y frondosa caja de recaudaciones, la mayor del país, sufrió la más escandalosa corrupción y saqueos de que se tenga noticia
Las malversaciones de fondos, defraudaciones, millonarias extracciones ilegales, fueron denunciadas en más de una docena de investigaciones que la AGN fue obligada a archivar. No se hace necesario señalar que los autores de tales depredaciones fueron sus ex titulares Sergio Massa, Amado Boudou y Diego Bossio.
La causa de esta impunidad estaba claramente a la vista, como un oscuro convenio que respondía a la cesión de 17 diputados que Bossio puso en bandeja al Poder Ejecutivo para votar en la legislatura a favor del oficialismo. Conste que fue el único lugar de la Administración Nacional que no fue investigado.
Nos preguntábamos cómo era posible que nuestra diputada no lo advirtiera. Su reconocido prestigio de honestidad e integridad, su valiente defensa de la República y sus instituciones, nos llevaba a pensar que su falta de acción se debía a razones de fuerza mayor difíciles de explicar.
Llamativo que, desde el inicio del gobierno hasta ahora, jamás tuviera una sola palabra relacionada con Anses, nunca insinuó una duda ni puso en tela de juicio los actos y resoluciones administrativas que se continuaron desarrollando dentro de la mayor naturalidad. Ni siquiera pestañeó ante el descubrimiento de cientos de miles de jubilaciones otorgadas a ciudadanos de países limítrofes durante la titularidad de Bossio.
Al ser entrevistada la noche del 1º. de marzo en el programa “A dos Voces” de TN, acerca de su opinión sobre el discurso de Apertura de la Legislatura por el Presidente, uno de los puntos más salientes que subrayó con énfasis fue la justicia que finalmente llegó a los jubilados al pagárseles las sentencias de los juicios por reajuste de haberes.
Este grave error, por no llamarlo mentira o falsedad, pues varios cientos de ancianos litigantes permanecen sin el pago de las sentencias desde más de diez años, nos confirma la disociación de Elisa Carrió con los actos de gobierno, especialmente en el organismo que presidiera Diego Bossio.
Pero he aquí que el azar jugó una siniestra contingencia en los acontecimientos subsiguientes, pues en el mismo salón y presto a ofrecer su entrevista se hallaba el ya mencionado Diego Bossio que hasta hace muy poco tiempo acompañó dócilmente la gestión de Mauricio Macri. Ignoramos qué contratiempo habrá surgido de ese espurio convenio, pues el diputado por el Frente Para la Victoria que supo ser tildado públicamente de traidor por su apoyo al oficialismo, se despachó con un rosario de críticas al Presidente al gobierno y en especial a su discurso.
Los misterios de la política son a veces indescifrables
Marzo de 2017
La Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, sancionada el 29 de junio de 2016 por el Congreso de la Nación, consiste en una propuesta de aceptación voluntaria que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra Anses, a actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales, mediante la firma de un acuerdo.
De modo que se hacía necesaria la promulgación de una ley con un rimbombante título para que se reconozca el derecho de los jubilados a entablar juicio contra la Anses, lo que vendría a significar que los veinte o más años de litigio para la actualización de los haberes mal liquidados no estaban amparados pòr ninguna legitimidad y fueron en balde. ¡ Recién ahora, el gobierno me dice que tengo derecho a exigir en los tribunales la actualización de mis haberes! Considero que esto sí, es una innovación jurídica revolucionaria de carácter histórico. Pero hay un agregado original en esta ley reparadora, pues consiste en una propuesta de aceptación voluntaria, mediante la firma de un acuerdo, lo que viene a dar al traste con mis derechos. Es decir, no hay derecho absoluto sino condicionado a la propuesta. El desarrollo de esta saga continúa al establecer la ley que los acuerdos deben homologarse en sede judicial, el jubilado con su abogado, y Anses, ante un juez acordando el ingreso al Programa (¿qué programa?) y consecuentemente el fin del juicio.
Y finalmente aparece el verdadero móvil de este asombroso perfeccionamiento jurídico al resolverse que, quienes deciden rechazar la propuesta o no ingresar al Programa (qué programa?), seguirán cobrando su haber actual y una vez concluido el juicio Anses acatará la sentencia.
Se ha dilucidado el enigma de la propuesta, que radica en una quita porcentual que llega hasta el 50% de lo ordenado en sentencia, lo que equivale lisa y llanamente a una explícita extorsión, sobre la que volveremos seguidamente.
En buen romance, la Reparación Histórica me dice que por decisión unilateral el Estado deja en suspenso la tramitación del juicio y si acepto la propuesta lo da por finalizado aplicando la quita, en otras palabras cumple con la sentencia pero con ”rebaja”. Y si no acepto, el juicio continúa y al concluir acatará la sentencia. La más disparatada contradicción jurídica que se me ha presentada en mi larga vida, pues en mi caso tengo ya sentencia de la Corte Suprema de Justicia dictada en el año 1997 que nunca fue acatada. Entonces, ¿qué juicio espera el gobierno que finalice para que, como se establece, Anses acate la sentencia? ¿la de 1977 o espera otra sentencia clonada?
Estimo y califico como delito de extorsión la llamada propuesta en esta ley, ya que entra en la definición jurídica que dice: “La extorsión es un delito consistente en obligar a una persona a través de la utilización de violencia o intimidación a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo”
El Estado es el sujeto activo que utiliza la intimidación sobre el jubilado, sujeto pasivo al decirle prácticamente”si aceptas la quita porcentual, te pago la sentencia, si no la aceptas no te pago y continúa el juicio”per secula seculorum”. Lleva fines de lucro al quedarse con dinero de la sentencia y produce un gran perjuicio patrimonal al jubilado que, si no acepta, no cobra más.