sábado, 3 de noviembre de 2018

JUBILADOS, PRÓXIMA DECISIÓN DE LA CORTE

Nos preguntábamos con razonable curiosidad ¿por qué la Corte Suprema de Justicia no decide el caso de los juicios de jubilados que Anses apeló para lograr un nuevo índice de cálculo que significa un recorte del 50%, con la misma prontitud con que decidió los casos llevados a su estrado para conseguir la prisión domiciliaria a Milagro Sala y luego en cortísimo término la confirmación del fallo? 
El conflicto data de más de un año cuando Anses presentó innumerable recursos, apelaciones y cuanto obstáculo tuvo en mano para que los jueces se avinieran a no recalcular los haberes como lo vienen haciendo usando el índice Isbic, sino el Ripte que el organismo utiliza en perjuicio de los jubilados desde la promulgación de la Ley de Reparación Histórica.
Está probado que todos los casos varían según la fecha de la jubilación y que en la gran mayoría de ellos el Ripte les significa recorte de hasta el 50%. Además, en los juicios en trámite la Reparación Histórica reconoce una retroactividad de sólo 48 meses, cuando en la demanda judicial pueden correspnder períodos sensiblemente superiores.
Ya se ha analizado en artículos anteriores la enorme importancia que adquiere un fallo del máximo tribunal que, si da la razón a Anses, iría en contra de sus principios, pues en el caso Elliff la Corte sostuvo que el objetivo de un índice de actualización es mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos, y definió que no parece justo y equitativo sustituir el índice dispuesto por la Justicia por otro que representa una mera secuela de la renuncia de derechos litigiosos.
Cada vez se hace más evidente que se trata de imponer en el ámbito de la Justicia Previsional que los fallos judiciales no se ajusten a derecho, sino a las conveniencias de orden económico fijadas por las pautas del Gobierno de la Nación.
Además, la Corte debe resolver la validez del impuesto a las ganancias que los jueces declararon inconstitucional y que Anses, fiel a sus honorables antecedentes, interpuso recursos para que los jubilados la pagaran.
Lo irrisorio de este tema es que los miembros del Poder Judicial, que deben resolver sobre la materia, están exentos de dicho impuesto que los jubilados están pagando. Siniestra coincidencia que coloca a los honorables miembros de la Corte en situación de juez y parte de un caso similar que los afecta.  

La decisión del Máximo Tribunal sobre el caso  principal a resolver, de enorme importancia institucional y social, que se espera con graves interrogantes, nos dará la pauta de los valores que primarán en la Justicia para el análisis y fundamentos de su decisión.
Existen dos factores bien definidos, en nuestra opinión, el primero, los millones de ciudadanos afectados, el segundo, la incidencia sobre la economía fiscal del gobierno. 
Consecuente con las opiniones personales que llevo vertidas en este espacio "Habla la Experiencia", descartaría esos dos factores y pronunciaría una sentencia o decisión ajustada plenamente a derecho.









LOS CUADERNOS DE ANSES -17a. Parte -

Octubre de 2017

Cuando hace un año publicamos un artículo señalando la incierta situación de los jubilados ante la ley promulgada por el gobierno bajo el atrayente título "Ley de Reparación Histórica" que, desde un principio la consideramos una extorsión, nos hallamos hoy en día con que nuestra opinión era acertada, pero que dejó de ser incierta para convertirse en realmente inquietante. Sólo el título del artículo publicado por Sebastián Boix Mansilla, especialista en derecho previsional, que reza "Todavía no se entiende la saña de la Corte con los jubilados", es suficiente para comprender la suma gravedad que asume este tema en las manos del gobierno.
En efecto, el gobierno está utilizando los mismos procedimientos del kirchnerismo al destinar los recursos del fondo de Sustantibilidad perteneciente a los jubilados a distintos fines que los fijados por la ley.  Los préstamos que concede con dichos fondos, cuando deben atenderse con el Tesoro Nacional, como los beneficios que concede a distintos sectores de la sociedad que la ley no contempla, planes de vivienda y sociales y otras malversaciones, como cubrir el déficit nacional, constituyen confiscaciones que impiden el pago de las deudas que mantiene con los jubilados con sentencia firme que no se cumple.
Se produce el hecho insólito que tanto Anses como la Corte Suprema se han unido para reducir el monto de las jubilaciones con la finalidad  de atender el ajuste de gastos exigido por el Poder Ejecutivo. 
Anses, que es un organismo descentralizado y autónomo destinado a proteger los derechos de sus representados, y la Corte Suprema, nuestro más alto tribunal de justicia en el que prevalece el concepto de política antes que sagrado concepto de justicia.
El problema se agudiza cuando nos encontramos con la insensata apelación de Anses contra el fallo que declara inconstitucional  el descuento del impuesto a las ganancias a los jubilados, una actitud condenable que está fuera de sus funciones previsionales y que perjudica innecesariamente la economía de sus representados.
La aceptación del plan propuesto por la Ley de Reparación Histórica que el gobierno esperaba, fracasó, por lo cual Anses dispuso su prolongación  hasta febrero del año próximo  con el objeto de atraer incautos. 
Quisiera ser lo más explícito posible para que se entendiera la verdadera finalidad de esta ley, sobre la cual ya hemos formulado críticas analíticas, con argumentos lógicos y jurídicos, que no viene al caso repetir. Simplemente, su finalidad  estriba en no pagar el rejuste de haberes y la retroactividad dispuesta por los fallos con sentencia firme. Estos llevan varios años a la espera del pago ordenado.
 El 15 de julio Anses paralizó todos los juicios al presentar una avalancha de recursos extraordinarios en las tres Cámaras de la Seguridad Social, para que la Corte Suprema avale un cambio desfavorable en los índices de actualización de los haberes y las retroactividades, en perjuicio de unos 200.000 jubilados.
Con propósitos proselitistas, acaba de lanzar un comunicado en el cual informa que con el cobro de los haberes del mes de agosto, 1.060.000 jubilados tendrán incorporación al reajusten previsto en el programa. Se trata de jubilados, la gran mayoría sin juicios, a quienes Anses ha decicido pagarles el aumento sin hacer previamente todo el támite requerido por la normativa. Es decr, se obligan a renunciar a su juicio por reajuste, o a no iniciar ninguno, a cambio de recibir el haber recalculado a su antojo, que siempre resulta inferior a lo que se puede lograr por medio de un juicio.
Es sabido que la Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses, ajusta las jubilaciones en base a cálculos distintos y, por supuesto  inferiores, a los que marca la propia ley. En los casos arriba citados, la estafa consiste en apremiar al jubilado con un aumento menor al correspondiente, con lo que evita los juicios que le son tan molestos, una deleznable medida que aprovecha la vulnerabilidad de esta gente desesperada para cobrar.
Es necesario destacar la soledad en que se encuentran estos damnificados por parte  del Estado, ya que ni los políticos de la oposición  se preocupan por la defensa de sus derechos, ni los legisladores buscan una solución integral y urgente. Debemos agregar penosamente al periodismo, que en ninguno de los medios se hace eco de este grave problema que sufren especialmente los ancianos. Quizá hayan olvidado que para ellos también pasan los  años. 
El respeto por las sentencias es una condición esencial para el mantenimiento de la  democracia en la República, la plena vigencia de los derechos constitucionales y el correcto funcionamiento de la división de poderes. Existe un presupuesto vigente que contempla las partidas para pagar la sentencias de los juicios, sentencias que no se cumplen ni se pagan.
Toda la información vertida en este artículo, con opiniones autorizadas, justifica ampliamente una auditoría completa del organismo Anses, nunca realizada y que ahora comprendemos está lejos de la voluntad del gobierno.
Resulta notorio e indiscutible que hay una decisión gubernamental en no pagar las deudas previsionales para lo cual se utilizan los servicios de la Corte Suprema de Justicia y Anses, unidos en complicidad para justificar un delito de suma gravedad que el periodismo y la sociedad callan. La prioridad de los fondos del Poder Ejecutivo, a costa de los haberes previsionales. 
El insólito apartamiento de los principios contenidos en la Constitución Nacional, por el mismo gobierno, además de ser inmoral, genera la inseguridad jurídica en el país.