En marzo del año 2011 la Anses elevó a la Corte Suprema el pedido de recusación del camarista de la Seguridad Social, Luis René Herrero por haber fallado en contra de la entidad previsional.
Era en apelación ya que los camaristas habían fallado en contra de ese insólito pedido. La decisión fue tomada por el director de la Anses Diego Bossio, implacable perseguidor de los jubilados.
Por descontado, la acción no tuvo éxito pero provocó la demora de la substanciación de miles de juicios, por varios meses.
El 17 de octubre de 2014, el Consejo de la Magistratura, por decisión de la procuradora Gils Carbó, en connivencia con Diego Bossio, aprobó un dictamen para remover a los doctores Luis Herrero y Emilio Fernández, jueces de la Cámara de la Seguridad Social, porque tienden a a fallar a favor de los jubilados. Tamaño despropósito no se llevó a cabo debido a la vehemente protesta desatada en el Plenario del Consejo por los jubilados presentes.
La medida, sin embargo, llegó a paralizar 9000 causas, por un año y medio. Es decir, se cumplió el propósito buscado, demorar.
El 9 de noviembre de 2017, los jueces Luis Herrero y Nora Dorado del fuero de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, resolvieron no dar más lugar a los recursos extraordinarios presentados por Anses para cuestionar el índice de actualización usado para el recálculo de los haberes, debido a que obstaculiza la "administración de justicia" Anses respondió que irá en queja ante la Corte, Este paso prolonga la espera para obtener una sentencia. Se calculan cuatro años de demora para 250.000 juicios con sentencia firme.
En un fallo judicial de segunda instancia con sentencia firmada por los jueces Luis Herrero y Nora Dorado en junio de este año, se determinó que la Anses debe recalcular el ingreso de una persona que cobra bajo la modalidad de una renta vitalicia previsional contratada en una compañía de seguros de retiro.
Los jueces ordenaron hacer un cuadro comparativo para cotejar, mes a mes, los montos que efectivamente fueron percibidos, y las cifras que hubieran resultado en caso de calcularse el ingreso según la normativa del sistema de reparto. Y las diferencias deberán ser abonadas por la Anses (hacia atrás y, también, de aquí en más).
Los rentistas del sistema previsional tienen derecho a percibir el haber mínimo que garantiza la ley, y Anses sigue sin reconocer ese derecho.
Se repite la mima metodología del anterior gobierno, que hemos expuesto más de quince veces en este espacio.
¿Será objeto otra vez el juez Luis Herrero de la misma represalia que dispusiera la procuradora Gils Carbó al separarlo por un año y medio de su cargo? Es muy factible, nada ha "Cambiado" en Anses, todo puede esperarse.
Estos antecedentes que fueron también objeto de nuestro dos artículos anteriores, La Vergüenza Nacional, Anses, del 17 del corriente mes y Un Drama Nacional-Anses del 19 hace cinco días confirman y reafirman que la actuación de Anses ha sido siempre negativa y sistemática en contra de los intereses de los jubilados. Las apelaciones a los fallos nunca argumentaron razones jurídicas que las sustentaran, fueron sólo un obstáculo interpuesto para demorar el fallo de las sentencias que nunca llegan a pagar.