Para los que
escriben con críticas a mis persistentes y reiterados artículos referentes a la
injusticia que el gobierno comete con el perverso tratamiento que sufren los
jubilados de edad avanzada con respecto a la negativa de pago a las sentencias
firmes de la justicia previsional en el reajuste de sus haberes, es necesario
hacerles saber que no existe ninguna intención política de atacar al gobierno,
que hemos votado precisamente con la esperanza de que daría inmediata solución
a este grave problema. Por el contrario, venimos con hechos y verdades
irrefutables que se ignoran y se niegan en el ámbito oficial.
Con el
advenimiento de la Ley de Reparación Histórica no hemos tenido ninguna solución y
comprobamos que se han agravado nuestras posibilidades de acceder al pago
ordenado.
Resulta
inconcebible que, en lugar de una ley de un solo artículo que disponga el pago
de las sentencias firmes, se haya promulgado otra de 97 artículos con
disposiciones confusas objeto de diversas interpretaciones y procedimientos
engorrosos que para gente de mayor edad, en condiciones de reducida movilidad y
menor entendimiento les significa u martirio agregado a sus penurias.
El aspecto
malicioso que nos permite calificar a la ley como una real extorsión, consiste
en que, de aceptar el litigante el acuerdo, entonces Anses pagará lo ordenado judicialmente, con
una quita del 50%. Es decir, en forma simple y de entrecasa, Anses le dice al
jubilado que sólo le pagará si acepta una quita del 50% y un compromiso firmado
ante el juez de no iniciar juicios de este carácter contra el Estado.
Al que no
acepta el acuerdo se le pagará lo que corresponde a la finalización del juicio,
vale decir, nunca. Entiendo que la ley comete un error garrafal, al que no
conozco objeciones, pues ¿a qué juicio se refiere cuando dice “a su finalizacíón”
cuando ya están finalizados desde hace años con sentencias firmes?.
La Ley de
Reparación Histórica expresa claramente que “reconoce el derecho de los
jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la Anses a
actualizar sus haberes”, pero nada dice de los litigantes que ya han pasado dicho
proceso pues ya tienen sentencia firme en su favor.
En la carta
abierta que le dirigiera al señor Presidente de la Nación el 22 de febrero de
este año le decía que me consta, porque me comunico con ellos, que los
jubilados de 80, 90 y más de 100 años con sentencia firme, no han cobrado. Nos
hemos comprometido a mantener el contacto para saber de alguna buena noticia de
pago, pero no hay novedades A mayor abundamiento, informo que varios son
residentes en el exterior.
Hoy leo en
La Nación la siguiente carta de uno más en el cadalso.
El caballero me lleva dos años, pues yo tengo 94 y mi DNI es 1.738.044
El caballero me lleva dos años, pues yo tengo 94 y mi DNI es 1.738.044
UNA LARGA ESPERA
Soy jubilado, tengo 96 años y un estado
de salud frágil propio de la edad. Como muchos otros jubilados, comencé el
juicio contra la Anses por reajuste de haberes, el cual ya tiene sentencia
firme que quedó notificada en el organismo el 14 de septiembre de 2016. Se
supone que el cumplimiento de la sentencia debió haberse realizado hasta seis
meses después de la notificación; sin embargo, al día de hoy no he tenido
noticias. Es más, todavía está en la Anses en proceso de digitalización. ¿Hasta
cuándo tengo que esperar, considerando mi edad avanzada y mi estado de salud?
Abelardo Bernardo Giménez Bonet
DNI 1.727.888
Volviendo al tema que nos ocupa, debo reconocer que mediante esta ley, engañosa para nosotros, recientes jubilados en grandes cantidades, sin haber iniciado juicio, jóvenes ellos, han sido sorprendidos con el reajuste de sus haberes, lo cual es digno de mencionar, porque finalmente el Estado pone en blanco y negro una situación gris iniciada por gobiernos anteriores al efectuar exprofeso malas liquidaciones en beneficio del Tesoro Nacional, En una palabra, la estafa es cuantiosa e inconmensurable por decenas de años a cientos de millones de jubilados. Pienso que es la más grande efectuada en el país desde su fundación como tal, pero vamos a darle magnánicamente nuestra patriótica amnistía.
Pero como nada es completamente gratuito tengo por cierto que con esta saludable medida el Gobierno conforma a su clase pasiva y se evita millonarios juicios, a los cuales, como dijimos anteriormente, el litigante se ha comprometido a no iniciar.
He aquí la gratuidad de que hablamos, pues los beneficiados con los citados reajustes son obligados a firmar dicho compromiso como un seguro que adquiere el Gobierno, conforme al articulado de la Ley Histórica. Otra trampita, pues el firmante desconoce el error de su benefactor, pues nadie puede renunciar a sus derechos previsionales, según mi leal saber y entender. Como no hay dos sin tres, debemos poner en conocimiento de los felices jóvenes jubilados que el reajuste realizado es un tanto menor a lo exigido legalmente. pero preferirán pájaro en mano que ciento volando.
La saga de la Ley de Reparación Histórica, una especie de elegante "relato", una simpática miniatura de la revisión histórica y de la famosa "inclusión", tiene mayores ingredientes que trataremos oportunamente.
Abelardo Bernardo Giménez Bonet
DNI 1.727.888
Volviendo al tema que nos ocupa, debo reconocer que mediante esta ley, engañosa para nosotros, recientes jubilados en grandes cantidades, sin haber iniciado juicio, jóvenes ellos, han sido sorprendidos con el reajuste de sus haberes, lo cual es digno de mencionar, porque finalmente el Estado pone en blanco y negro una situación gris iniciada por gobiernos anteriores al efectuar exprofeso malas liquidaciones en beneficio del Tesoro Nacional, En una palabra, la estafa es cuantiosa e inconmensurable por decenas de años a cientos de millones de jubilados. Pienso que es la más grande efectuada en el país desde su fundación como tal, pero vamos a darle magnánicamente nuestra patriótica amnistía.
Pero como nada es completamente gratuito tengo por cierto que con esta saludable medida el Gobierno conforma a su clase pasiva y se evita millonarios juicios, a los cuales, como dijimos anteriormente, el litigante se ha comprometido a no iniciar.
He aquí la gratuidad de que hablamos, pues los beneficiados con los citados reajustes son obligados a firmar dicho compromiso como un seguro que adquiere el Gobierno, conforme al articulado de la Ley Histórica. Otra trampita, pues el firmante desconoce el error de su benefactor, pues nadie puede renunciar a sus derechos previsionales, según mi leal saber y entender. Como no hay dos sin tres, debemos poner en conocimiento de los felices jóvenes jubilados que el reajuste realizado es un tanto menor a lo exigido legalmente. pero preferirán pájaro en mano que ciento volando.
La saga de la Ley de Reparación Histórica, una especie de elegante "relato", una simpática miniatura de la revisión histórica y de la famosa "inclusión", tiene mayores ingredientes que trataremos oportunamente.