lunes, 18 de enero de 2021

LA VENGANZA NO TIENE FECHA DE VENCIMIENTO (1)


Aportamos un dato de mucho valor al resquicio de esperanza que se abre ante un fallo de la Corte Suprema y el convincente artículo de dos abogados en su comentario. Se trata de una nota escrita el 15 de abril de 2015 que hoy día, después de más cinco años, nos muestra y delata la incalificable injusticia a que fue y sigue sometido un valeroso y condecorado ser humano, víctima del odio y la venganza. Hay muchos presos políticos en las mismas condiciones, pero éste es el ejemplo del enjuiciamiento de un inocente por un hecho que no cometió y que continúa acechado durante varios años sin que se halla fallado sentencia.

 EL PLACER DE LA VENGANZA

miércoles 15 de abril de 2015

La vengativa acción del Gobierno contra las fuerzas armadas constituye un genocidio militar por portación de uniforme. Los juicios “especiales” por delitos de lesa humanidad se realizan vulnerando las reglas internacionales del derecho penal. No rigen los principios de responsabilidad penal individual y el de la presunción de inocencia. Las `pruebas se basan en declaraciones de terceros que declaran como falsos testigos. Todo preparado para un juicio armado con imputaciones por presuntos delitos. Los procesos duran años y los sospechosos ya viven su condena en prisiones hediondas, torturados, alejados de sus familias y con un abandono total y premeditado de su salud. No se respeta su edad, no se respeta su condición humana.

El caso que traemos a consideración es similar a los miles incoados bajo los mismos procedimientos ilegales destinados a incrementar las estadística de militares presos con el objeto de promocionar la acción del gobierno en su lucha por los derechos humanos. Se adjudica la creación del reconocimiento de los delitos de lesa humanidad y arremete con su política: “Vamos por todo”

El funcionario del gobierno tucumano a cargo del control de la Seguridad Privada en la provincia de Tucumán Coronel ® Enrique Stel fue detenido el 13 de marzo del 2014 en el aeropuerto Benjamín Matienzo por una orden de captura de la Justicia Federal de Bahía Blanca. Se le acusó por presuntos delitos de lesa humanidad. Se lo trasladó al penal de Villa Urquiza, desde donde fue trasladado a Bahía Blanca.

Stel es veterano de guerra. Peleó en Malvinas bajó las órdenes de Aldo Rico. Además, el ex coronel estuvo a cargo del Liceo Militar Aráoz de La Madrid y al retirarse de este cargo asumió en la oficina de control de Seguridad Privada del Gobierno Provincial.

Tenía 20 años a la fecha de los hechos que se investigan, era Subteniente del Arma de Comunicaciones y se desempeñaba como jefe de sección de la Compañía Alámbrica del Batallón de Comunicaciones 181. Por ese cargo se lo imputó, pero se lo proceso por otro, por ser jefe de sección de una Compañía de Infantería dedicada a la lucha antisubversiva.

Sus antecedentes son:

Oficial de Estado Mayor y Licenciado en Estrategia y Organización egresado del Instituto deEnseñanza Superior del Ejército - Escuela Superior de Guerra Tte Gral Luis María Campos. Tiene una Especialización en Derecho Internacional Humanitario realizada en el Instituto Internacional de Derecho Humanitario de San Remo, Italia y un curso de Especialización en Holocausto: “Memoria de la Shoá y los dilemas de su transmisión” en el Centro Internacional para la Enseñanza de la Cultura Judía de la Universidad Hebrea, la Escuela Internacional para el Estudio del Holocausto Yad Vashem y el Centro de Estudios Bei Lohamei Haguetaot(Jerusalén), 2008). Posee un Posgrado en Negociación - Modelo Harvard obtenido en la Pontificia Universidad Católica Argentina. Realizó el Curso de Posgrado de Formación de Investigadores en Ciencias Sociales en la Escuela Superior de Guerra Tte Gral Luis María Campos. Recibió del Congreso de la Nación Argentina la Condecoración “A los Bravos de Malvinas” y el Ejército Argentino lo condecoró con la Medalla “Al Heroico Valor en Combate”. Además le otorgó una mención distinguida por su desempeño en la guerra.

Es importante destacar que esta investigación surge 40 años después y obviando el hecho significativo de que jamás fueron impugnados sus ascensos a Mayor, Teniente Coronel y Coronel durante la democracia, siendo que en esas oportunidades su legajo personal fue analizado por todos los organismos de Derechos Humanos y la Comisión de Acuerdos del Senado. Docencia Y Otros: Profesor de Derecho Internacional Humanitario (DIH) en el Instituto de Enseñanza Superior del Ejército (IESE) Presidente Fundador de la Comisión de DIH del Centro de Estudios Estratégicos de la Escuela Superior de Guerra (ESG) Profesor de Comunicaciones y Guerra Electrónica (ESG) Profesor de DIH de la Cruz Roja Argentina Filial Mercedes (Corrientes) Profesor de DIH en los Ejercicios Combinados “Cruz del Sur” (Brasil) Jefe delDepartamento Programación de la Secretaría de Evaluación (ESG) Jefe del Departamento Planeamiento de la Secretaría de Evaluación (ESG) Jefe de la División Control Pedagógico y Psicológico de la Secretaría de Evaluación (ESG) Profesor de Investigación Aplicada en la Especialización en Derecho Militar (ESG) Coordinador Ejecutivo de los Concursos de Titularización Docente (ESG) Jefe de División Planeamiento de Departamento de Postgrado (ESG) Jefe del Departamento de Educación a Distancia con Soporte Multimedia en la WEB (ESG) Profesor de DIH de la Reserva del Ejército Argentino (EA) Traductor Ad Honorem en DIH de UNITAR POCI (Instituto de Entrenamiento e Investigación de las (Naciones Unidas)

Profesor de DIH en el Centro Argentino de Entrenamiento para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) Director de la Primera Tesis sobre Derecho Internacional Humanitario (IESE) Miembro de Tribunales de Tesis (IESE) Profesor de DIH en los Cursos Superiores de las Fuerzas Armadas (IESE) Profesor Adjunto de DIH en la Licenciatura en Relaciones Internacionales (ESG) Disertante de DIH (Escuela de Defensa Nacional) Director de Capacitación de la Reserva del EA en el NOA Organizador y Participante en Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente (IESE) Gestión Educativa en los niveles inicial, EGB, terciario, grado y postgrado. Coordinador de Seminarios sobre Guerra de Malvinas, Derecho Internacional Humanitario, Holocausto y Diálogo Interreligioso. Colaborador Docente sobre DIH en el Comité Internacional de la Cruz Roja Delegación Regional. Integró el Equipo de Profesores Itinerantes que desarrollan ejercitaciones en distintas universidades argentinas capacitando a futuros profesionales en la Resolución de Conflictos en Casos de Crisis, teniendo a su cargo el desarrollo de la materia Negociación y DIH (Centro de Estudios Estratégicos ESG) Colaborador Docente del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Delegación Buenos Aires. Comentarista Invitado sobre temas de Derecho Internacional Humanitario y Holocausto en programas de radio y televisión. Instructor de Aspirantes a Suboficiales del Ejército Argentino. Instructor de futuros Oficiales del Ejército Argentino. Conferenciante en distintas instituciones nacionales y provinciales, especialmente en la Escuela Superior de Guerra del Ejército Argentino, Instituto de Historia Militar Argentino, Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales, Universidad Católica Argentina, y otros institutos de formación y perfeccionamiento. Brindó conferencias sobre Misiones de Paz en el Ministerio de Defensa deAlemania y en el Centro de Entrenamiento de Tropas de Paz del mencionado país. -

Continuará...

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RENACE LA ESPERANZA DE JUSTICIA


Los Drs, María Laura Olea y Ricardo Saint Jean se han referido al grave problema de los derechos humanos en los juicios por delitos de lesa humanidad, en un escrito de gran valor jurídico y humano, cuya lectura recomendamos muy especialmente y que podrá ubicarse en el link: 

  https://prisioneroenargentina.com/index.php/2021/01/11/fallo-tommasi-del-22-de-diciembre-de-2020-cual-es-la-novedad

Hemos extraído del mismo algunos párrafos importantes que copiamos abajo:

"Desde la reapertura de las causas por hechos ocurridos hace más de medio siglo, seguidas contra los uniformados y extendida luego a civiles -funcionarios, jueces, fiscales, secretarios judiciales, sacerdotes, empresarios-, han transcurrido más de 16 años.

Todo comenzó con el acuerdo Kirchner-Verbistky que denunciamos en “El Pacto”, que se tradujo en la ley de nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los tres fallos de la CSJN -Arancibia Clavel, Simón y Mazzeo-. A partir de entonces vimos con estupor e impotencia como se aniquilaron las columnas de nuestro ordenamiento jurídico: el principio de legalidad, de irretroactividad de la ley penal más gravosa,  de cosa juzgada, ne bis in idem, sólo para este sector de imputados,  y por ello también con el principio de los principios, la igualdad ante la ley

El abandono por parte de fiscales y magistrados de estas verdades, llevaron a enormes injusticias muchas irremediables ya. Pero hay tiempo para evitar más y nuevas.

La Corte acaba de renovar la esperanza de que ello ocurra al recordar desde su lugar de último interprete de la Constitución Nacional lo que nunca debió olvidarse. En un fallo que consideramos histórico argumenta  principios elementales rigen desde hace siglos, al menos en los Estados de Derecho, por lo que no constituyen ninguna primicia.

“La gravedad de los delitos de lesa humanidad ..no pueden justificar que las condenas por tales delitos se impongan prescindiendo de la certeza”, que estos  “deben regirse por las mismas reglas de prueba que las aplicables respecto de todos los demás delitos, pues la violación del derecho no justifica la violación del derecho”, y finalmente que “Las dificultades probatorias que pueden haber surgido por el paso del tiempo no pueden ser la justificación para reducir el grado de certeza requerido para dictar una condena penal, ni para violar la presunción de inocencia”, reglas básicas a  las que denominó "requisitos constitucionales mínimos"        

Son numerosos los estudios y opiniones de profesores constitucionalistas,  publicados en este espacio, similares en su contexto e interpretación a lo expuesto en el artículo que hemos citado.

En este espacio "Habla la Experiencia" venimos luchando tenazmente contra esta ilegalidad teñida de Política de Estado que el gobierno asumió en su beneficio político y electoral, y como venganza a la derrota del terrorismo por los que ahora son enjuiciados. 

Ésa es la verdad que no necesita esclarecimiento para entenderla y que la prensa calla y oculta en su gran mayoría. Si bien estamos cada vez más lejos del estado de derecho, en especial ante el actual ataque desaforado del Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial, el fallo de la Corte es una esperanza más que guardamos en lo más profundo de nuestras convicciones. Sienta un valioso precedente.

Aportamos un dato de mucho valor al resquicio de esperanza que se abre ante un fallo de la Corte Suprema y el convincente artículo de dos abogados en su comentario. Se trata de una nota escrita el 15 de abril de 2015 que hoy día, después de más cinco años, nos muestra y delata la incalificable injusticia a que fue y sigue sometido un valeroso y condecorado ser humano, víctima del odio y la venganza. Hay muchos presos políticos en las mismas condiciones, pero éste es el ejemplo del enjuiciamiento de un inocente por un hecho que no cometió y que continúa acechado durante varios años sin que se halla fallado sentencia.

El aporte se publicará en dos artículos posteriores, bajo el título:  La Venganza no tiene Fecha de Vencimiento.

Recomendamos su lectura por tratarse de uno de los casos  más patéticos de Injusticia cometidos en el país.