Junio de 2018
La Corte Suprema de la Nación tiene en sus manos un tema más que sensible. Es porque Anses apeló y sigue apelando los juicios de jubilados con el planteo de aplicar otros índices de actualización a los fijados por la Justicia que implican una reducción de entre el 45% y el 55% de los montos de las sentencias. La pretensión de recalcular hacia abajo dichos índices sobre las sentencias ya firmes, tiene el deleznable propósito de perjudicar a más de 200.000 jubilados que están a la espera de una definición, muchos de ellos desde hace más de veinte años.
Todas estas maquinaciones tienen por objeto la reducción del déficit fiscal en miles de millones de pesos absorbidos de la caja de Anses, organismo que está de acuerdo con esta modificación y de cualquier otra medida que deteriore la remuneración de los jubilados, como la de aplicar el impuesto a las ganancias. Ya lo dijimos el 3 de noviembre 2017. En un aparente entendimiento, que parece cumplirse, de Anses con la Corte Suprema de Justicia, se está procurando que la aplicación del nuevo cálculo de los haberes jubilatorios fijados en la Ley de Revisión Histórica, desfavorable a los haberes en una sensible rebaja, se extienda a los juicios en marcha, en desacuerdo con los jueces previsionales que continúan usando la fórmula que había fijado la Corte Suprema, en varias oportunidades.
Estas arbitrarias medidas fueron denunciada, como una advertencia, en nuestra columna del 9 de octubre de 2017 bajo el título "La Corte y Anses - Estafa". Se está por producir el hecho insólito que Anses y la Corte se hayan unido para reducir el monto de las jubilaciones, con la finalidad de atender el ajuste de gastos exigido por el Poder Ejecutivo. Prevalece el concepto de política antes que el sagrado concepto de justicia.
Anses apeló, apela y seguirá apelando las sentencias a favor de los jubilados. Anses no paga las sentencias firmes que ordenan una liquidación inmediata de los juicios. Anses ejerce la insensata apelación contra los fallos que declaran inconstitucional el descuento del impuesto a las ganancias a los jubilados, una actitud condenable que está fuera de sus funciones previsionales. Anses se declara, por medio de sus directores y representantes, el organismo defensor de los derechos del Estado contra el ataque de los jubilados.
Los conceptos vertidos por el distinguido abogado Ricardo Monner Sans en una carta publicada por el diario La Nación del día de la fecha, nos dan la pauta de una realidad que el Gobierno debe tener muy en cuenta, en relación a estas importantes definiciones que se hallan en trámite.
"El pomposo nombre de reparación histórica debió ser precedido de un estudio previo de contenido fuertemente humanitario, porque el derecho a la verdad es más importante para los débiles que para los fuertes. Y cuando ya era cierto que la ley por dictarse el año pasado implicaba un retroceso para esos jubilados frente a la norma anterior, no debió tampoco incurrirse en una apuesta a la inminencia de un futuro "que se estaba logrando" para calmar las angustias de los que no pueden hacer huelga. El resurgir económico borraría cualquier padecimiento circunstancial, se dijo.
Las angustias del tramo final de la vida de los que trabajaron esperando un descanso con ingreso parecido a lo ganado en actividad merecen evitar disensos circunstanciales o el vedettismo de ocasión. Mientras los responsables se abocan a esta gravedad escondida entre pliegues para resolverla, habrá que rogar para que el FMI no imponga para los débiles otro mayor retroceso."
Todas estas maquinaciones tienen por objeto la reducción del déficit fiscal en miles de millones de pesos absorbidos de la caja de Anses, organismo que está de acuerdo con esta modificación y de cualquier otra medida que deteriore la remuneración de los jubilados, como la de aplicar el impuesto a las ganancias. Ya lo dijimos el 3 de noviembre 2017. En un aparente entendimiento, que parece cumplirse, de Anses con la Corte Suprema de Justicia, se está procurando que la aplicación del nuevo cálculo de los haberes jubilatorios fijados en la Ley de Revisión Histórica, desfavorable a los haberes en una sensible rebaja, se extienda a los juicios en marcha, en desacuerdo con los jueces previsionales que continúan usando la fórmula que había fijado la Corte Suprema, en varias oportunidades.
Estas arbitrarias medidas fueron denunciada, como una advertencia, en nuestra columna del 9 de octubre de 2017 bajo el título "La Corte y Anses - Estafa". Se está por producir el hecho insólito que Anses y la Corte se hayan unido para reducir el monto de las jubilaciones, con la finalidad de atender el ajuste de gastos exigido por el Poder Ejecutivo. Prevalece el concepto de política antes que el sagrado concepto de justicia.
Anses apeló, apela y seguirá apelando las sentencias a favor de los jubilados. Anses no paga las sentencias firmes que ordenan una liquidación inmediata de los juicios. Anses ejerce la insensata apelación contra los fallos que declaran inconstitucional el descuento del impuesto a las ganancias a los jubilados, una actitud condenable que está fuera de sus funciones previsionales. Anses se declara, por medio de sus directores y representantes, el organismo defensor de los derechos del Estado contra el ataque de los jubilados.
Los conceptos vertidos por el distinguido abogado Ricardo Monner Sans en una carta publicada por el diario La Nación del día de la fecha, nos dan la pauta de una realidad que el Gobierno debe tener muy en cuenta, en relación a estas importantes definiciones que se hallan en trámite.
"El pomposo nombre de reparación histórica debió ser precedido de un estudio previo de contenido fuertemente humanitario, porque el derecho a la verdad es más importante para los débiles que para los fuertes. Y cuando ya era cierto que la ley por dictarse el año pasado implicaba un retroceso para esos jubilados frente a la norma anterior, no debió tampoco incurrirse en una apuesta a la inminencia de un futuro "que se estaba logrando" para calmar las angustias de los que no pueden hacer huelga. El resurgir económico borraría cualquier padecimiento circunstancial, se dijo.
Las angustias del tramo final de la vida de los que trabajaron esperando un descanso con ingreso parecido a lo ganado en actividad merecen evitar disensos circunstanciales o el vedettismo de ocasión. Mientras los responsables se abocan a esta gravedad escondida entre pliegues para resolverla, habrá que rogar para que el FMI no imponga para los débiles otro mayor retroceso."