domingo, 5 de abril de 2020
RESOLUCIONES BORRASCOSAS
En artículos anteriores hemos señalado el desconcierto y la confusión que se advirtió en los primeros pasos del nuevo Gobierno, producto de improvisaciones y lentitud en la designación de los ministros del gabinete, como de importantes funcionarios que fueron asumiendo tardíamente sus cargos realizando declaraciones que generalmente no coincidían con los lineamientos de la política enunciada en la campaña presidencial.
Errores en el Boletín Oficial, indecisión en los títulos de sus ministerios, como el de la mujer que finalmente fue llamado Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, se repiten a menudo.
La vorágine de Decretos inundó las páginas de los diarios, al igual que sus apuradas correcciones, con un final a toda marcha en la aprobación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva por el Congreso en el Marco de la Emergencia Pública de 88 artículos, tras sólo 20 horas de apurado debate, otorgando al Presidente facultades extraordinarias, en varios casos de orden inconstitucional.
Hoy rescatamos otra Resolución oficial a la que debemos hacer mención por considerarla superflua e inconveniente, pues si de algún modo se podía prestar ayuda a la infiltración gramsciana del comunismo, ésta resulta ideal por sus características de confusión y fuente de polémicas discriminaciones, con el consabido acrecentamiento de la llamada grieta.
La resolución 15/2020 publicada hoy 5 de abril, Domingo de Ramos, con la firma de Elizabeth Gómez Alcorta, titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, establece una nueva excepción agregada al DNU 297/2020 con respecto a la cuarentena, que incluye a las personas del colectivo LGTTBI (lesbianas, gays, transgénero, transexuales, bisexuales e intersexuales) para que salgan de sus domicilios, solas o junto a sus hijos o hijas, a los fines de realizar denuncias por violencia.
En la resolución, se explica que el aislamiento puede en algunos supuestos aumentar los riesgos de la violencia a las personas LGTTBI.
Es una estúpida, discriminatoria, innecesaria y maliciosa resolución que sólo puede atribuirse a una desmedida acción populista, quizá involuntariamente sincronizada con la ideología gramsciana, cuya conocida finalidad es provocar confusión, caos y discriminación.
El DNU 297/2020 que enumera las excepciones a la cuarentena, señala en su artículo 6º apartado 6, lo siguiente:
"Personas que deban atender una situación de fuerza mayor."
¿Acaso en este artículo y su apartado no se hallan comprendidas todas las personas? Si así no fuera sería necesario entonces emitir otras Resoluciones con expresa inclusión de hombres y mujeres, casados o solteros, no comprendidos en el colectivo LGTTBI para que salgan de sus domicilios, solos o junto a sus hijos o hijas a los fines de realizar denuncias por violencia.
La difícil interpretación de los DNU, Resoluciones y conferencias de prensa con que periódicamente nos ametralla el gobierno, es un factor importante para comprender la razón de las confusas editoriales periodísticas radiales, escritas y televisadas que llevan a contradicciones como las que acabamos de señalar.
El orden, el sentido común, la sinceridad y la imparcialidad, son virtudes que el gobierno no posee.