lunes, 18 de enero de 2021

RENACE LA ESPERANZA DE JUSTICIA


Los Drs, María Laura Olea y Ricardo Saint Jean se han referido al grave problema de los derechos humanos en los juicios por delitos de lesa humanidad, en un escrito de gran valor jurídico y humano, cuya lectura recomendamos muy especialmente y que podrá ubicarse en el link: 

  https://prisioneroenargentina.com/index.php/2021/01/11/fallo-tommasi-del-22-de-diciembre-de-2020-cual-es-la-novedad

Hemos extraído del mismo algunos párrafos importantes que copiamos abajo:

"Desde la reapertura de las causas por hechos ocurridos hace más de medio siglo, seguidas contra los uniformados y extendida luego a civiles -funcionarios, jueces, fiscales, secretarios judiciales, sacerdotes, empresarios-, han transcurrido más de 16 años.

Todo comenzó con el acuerdo Kirchner-Verbistky que denunciamos en “El Pacto”, que se tradujo en la ley de nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los tres fallos de la CSJN -Arancibia Clavel, Simón y Mazzeo-. A partir de entonces vimos con estupor e impotencia como se aniquilaron las columnas de nuestro ordenamiento jurídico: el principio de legalidad, de irretroactividad de la ley penal más gravosa,  de cosa juzgada, ne bis in idem, sólo para este sector de imputados,  y por ello también con el principio de los principios, la igualdad ante la ley

El abandono por parte de fiscales y magistrados de estas verdades, llevaron a enormes injusticias muchas irremediables ya. Pero hay tiempo para evitar más y nuevas.

La Corte acaba de renovar la esperanza de que ello ocurra al recordar desde su lugar de último interprete de la Constitución Nacional lo que nunca debió olvidarse. En un fallo que consideramos histórico argumenta  principios elementales rigen desde hace siglos, al menos en los Estados de Derecho, por lo que no constituyen ninguna primicia.

“La gravedad de los delitos de lesa humanidad ..no pueden justificar que las condenas por tales delitos se impongan prescindiendo de la certeza”, que estos  “deben regirse por las mismas reglas de prueba que las aplicables respecto de todos los demás delitos, pues la violación del derecho no justifica la violación del derecho”, y finalmente que “Las dificultades probatorias que pueden haber surgido por el paso del tiempo no pueden ser la justificación para reducir el grado de certeza requerido para dictar una condena penal, ni para violar la presunción de inocencia”, reglas básicas a  las que denominó "requisitos constitucionales mínimos"        

Son numerosos los estudios y opiniones de profesores constitucionalistas,  publicados en este espacio, similares en su contexto e interpretación a lo expuesto en el artículo que hemos citado.

En este espacio "Habla la Experiencia" venimos luchando tenazmente contra esta ilegalidad teñida de Política de Estado que el gobierno asumió en su beneficio político y electoral, y como venganza a la derrota del terrorismo por los que ahora son enjuiciados. 

Ésa es la verdad que no necesita esclarecimiento para entenderla y que la prensa calla y oculta en su gran mayoría. Si bien estamos cada vez más lejos del estado de derecho, en especial ante el actual ataque desaforado del Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial, el fallo de la Corte es una esperanza más que guardamos en lo más profundo de nuestras convicciones. Sienta un valioso precedente.

Aportamos un dato de mucho valor al resquicio de esperanza que se abre ante un fallo de la Corte Suprema y el convincente artículo de dos abogados en su comentario. Se trata de una nota escrita el 15 de abril de 2015 que hoy día, después de más cinco años, nos muestra y delata la incalificable injusticia a que fue y sigue sometido un valeroso y condecorado ser humano, víctima del odio y la venganza. Hay muchos presos políticos en las mismas condiciones, pero éste es el ejemplo del enjuiciamiento de un inocente por un hecho que no cometió y que continúa acechado durante varios años sin que se halla fallado sentencia.

El aporte se publicará en dos artículos posteriores, bajo el título:  La Venganza no tiene Fecha de Vencimiento.

Recomendamos su lectura por tratarse de uno de los casos  más patéticos de Injusticia cometidos en el país.